1.- ¿Puede realizarse un contrato de prestación de servicios profesionales?
Sí, desde luego, si desea celebrar un contrato entre usted y los abogados, es importante que lo señale antes de realizar la contratación, en el mismo acto que se celebre el contrato, se tendrá que cubrir la primera parte del costo de los honorarios, normalmente el resto del pago, se realiza una vez que se obtenga la sentencia de divorcio.
2.- ¿En dónde se encuentran las instalaciones de su Despacho?
Nuestro de despacho se encuentra en: CALLE TAJÍN, NÚMERO 706, COLONIA LETRÁN VALLE, ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, C.P. 03650, ALCALDÍA BENITO JUÁREZ, CIUDAD DE MÉXICO.
3.- ¿Tienen algún despacho o dirección física en Cuautitlán Izcalli?
Contamos con abogados en cada municipio señalado, particularmente en Cuautitlán Izcalli, toda vez que, nos encontramos tramitando un gran número de asuntos radicados en los juzgados del Lago (Juzgado Civil, Familiar y Laboral de Cuautitlán Izcalli), por lo que, podemos acudir personalmente a su domicilio o algún sitio a petición de nuestros clientes.
4.- ¿Derivado de las propuestas de convenio entre las partes, que sucede si no se llega a un acuerdo sobre los puntos a convenir (divorcio incausado)?
Sin duda alguna, se dictará sentencia de divorcio, y respecto a los puntos contenidos en los convenios, como por ejemplo la guardia y custodia, régimen de visitas y convivencia o pensión alimenticia, se les darán a las partes un término (un plazo) de 5 días para que formalmente se demanden las prestaciones que deseen hacer valer.
5.- ¿Si hay menores involucrados, mientras se lleva a cabo el divorcio, se fija una pensión alimenticia temporal?
Sí, si una de las partes tiene bajo su cuidado a uno más menores de edad, al momento de solicitar el divorcio, puede solicitar que mientras dura el procedimiento se fije una pensión alimenticia provisional, hasta la conclusión del trámite, en donde podría quedar de forma definitiva conforme al convenio que llegue a celebrarse.
6.- ¿Con que documento se acredita que ha terminado la relación conyugal?
El documento que da por terminada la relación conyugal, es a través de la Sentencia Definitiva, que emite el juzgado correspondiente, misma que debe entregarse a través de copias certificadas al Registro Civil de origen a efecto de pagar los derechos correspondientes y con ello obtener el acta de divorcio.
7.- ¿Si finaliza el trámite de divorcio y no se llegó a un acuerdo respecto a cuestiones de las propuestas de convenio, el despacho (el abogado designado) puede continuar con el juicio hasta su conclusión?
Sí, por supuesto, podemos realizar la demanda que corresponda o dar contestación a la demanda que interponga la contraria, incluso si se llegase a tratar de algún incidente.
8.- ¿Mi cónyuge se encuentra en otro municipio, o en la Ciudad de México, aun así puedo iniciar el trámite de divorcio?
Desde luego, podemos realizar el trámite de divorcio, sin embargo los tiempos del trámite se prolongan, en el sentido de que el conuye requerido, al no vivir dentro del lugar donde se inicia el procedimiento, el juzgado de origen debe comunicarse a través de una vía de comunicación de nombre exhorto, con el juzgado del municipio donde se encuentre el cónyuge a citar, incluso es común que se encuentre en otro estado, donde sin duda puede continuarse con el trámite, reajustando el costo de los honorarios.
9.- ¿Emiten facturas?
Si claro, una vez realizado el pago y una vez que hayamos recibido sus datos de facturación, podemos entregar la factura correspondiente dentro del mes en curso.
10.- ¿Los costos de honorarios incluyen el pago de derechos ante el Registro Civil?
Así es, el costo del pago de los derechos ante el registro civil correspondiente, el pago de la primera acta de divorcio, copias certificadas, ya está incluido dentro de los honorarios.
11.- ¿Una vez que se haya dictado al Sentencia de Divorcio, en cuanto tiempo me entregan, mi acta de divorcio?
Dependerá del Registro Civil a que corresponda, así como el tiempo que tarde el juzgado en emitir copias certificadas de la Sentencia, aunque normalmente es un plazo de dos meses como máximo.
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